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Amenaza Sísmica

La Amenaza Sísmica es un término técnico mediante el cual se caracteriza numéricamente la probabilidad estadística de la ocurrencia (o excedencia) de cierta intensidad sísmica (o aceleración del suelo) en un determinado sitio, durante un período de tiempo.

La Amenaza Sísmica puede calcularse a nivel regional y a nivel local, para lo cual se deben considerar los parámetros de fuentes sismogénicas, así como también los registros de eventos sísmicos ocurridos en cada zona fuente y la atenuación del movimiento del terreno

Metodología para calcular la amenaza sísmica

Recurrencia sísmica

La distribución del número con diferentes magnitudes, ocurridos dentro de un área especifica y en un tiempo determinado, se conoce como ley de recurrencia sísmica y se expresa en función de la relación frecuencia-magnitud de Gutenberg-Richter [1954], como se denota:

Log N = a-b M

Donde N es el número de sismos con magnitud igual o mayor que M, a y b son parámetros que describen la sismicidad regional y M es la magnitud del sismo calculado.

Para realizar un estudio de recurrencia sísmica es importante contar con un catalogo sísmico actualizado, el cual consiste en la compilación de eventos sísmicos históricos e instrumentales registrados durante un período de tiempo determinado.

Es a partir de 1530 que en Venezuela se tiene evidencia histórica escrita sobre la ocurrencia de sismos (sismos históricos) y luego de 1910 cuando se inicia la sistematización de la información sobre movimientos telúricos registrada mediante los instrumentos para tal fin (sismos instrumentales).

Estudio de completitud del catálogo sísmico

Para asegurar mayor consistencia del catálogo sísmico, este debe ser homogéneo en el tiempo. El procedimiento para evaluar la completitud propuesto por Stepp (1978), se basa en un parámetro estadístico (varianza) en el cual la tasa de ocurrencia de los sismos es estable para los diferentes rangos de magnitud.

Fuentes sísmicas

Con base en la sismicidad y la tectónica regional, se definen las áreas fuentes o zonas fuentes, las cuales presentan uniformidad de los focos de los sismos registrados y, a su vez, se encuentran asociadas a un sistema de fallas

Leyes de atenuación

Las leyes de atenuación se utilizan para estimar el nivel de movimiento del suelo en el sitio de interés ante la ocurrencia de un sismo con cierta magnitud. Para definir la ley de atenuación a utilizar en un estudio de amenaza, debe tomarse en cuenta la fuente con mayor incertidumbre.

A continuación, se muestran algunas leyes de atenuación utilizadas en Venezuela.


Autor Ley de Atenuación
FUNVISIS Occidente y Centro Ln (a) = 4,48 + 0,53M – 1,56ln (R + 15)
FUNVISIS Oriente Ln (a) = 4,87 + 0,96M – 1,56ln (R + 25)
INTEVEP Occidente y Centro Ln (a) = 5,40 + 0,36M – 0.861ln (R + 10)
INTEVEP Oriente Ln (a) = 3,75 + 0,47M – 0,57ln (R + 10)

La amenaza sísmica generalmente se representa mediante mapas con curvas de isoaceleración para diferentes períodos de retornos y mediante espectros de pseudovelocidad del suelo, mostrando su comportamiento en función de las fuentes sísmicas. Los resultados de estos estudios se utilizan en el diseño de obras civiles, puesto que permiten estimar las fuerzas probables a las que se someterá una estructura en un determinado lugar, en caso de un evento sísmico.

En Venezuela, el Mapa de Amenaza Sísmica se toma en cuenta para el diseño de edificaciones, mediante la aplicación de la norma sismorresistente (COVENIN-MINDUR 1756-2001) en la que se establece una aceleración horizontal pico en roca para cada zona.

Actualmente, este mapa está conformado por 8 zonas: desde la Zona 0, donde no se requiere la consideración de las acciones sísmicas, hasta la Zona 7 donde el coeficiente de aceleración horizontal Ao es igual a 0,40. Este mapa se ha elaborado para un período medio de retorno de 475 años, que corresponde a una probabilidad de excedencia de 10% para una vida útil de 50 años.

Por conveniencia, la delimitación final de las zonas se ajusta, en lo posible, a la división política del país; es decir: límites de estados o municipios, de acuerdo con el documento OCEI 1997 (Codificación de la División Política Territorial de Venezuela, actualizada, septiembre de 1997).

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